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I. |
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Aplicar y observar el reglamento y manual de funciones emitido por el Comité Nacional de Fiscalización, Transparencia y Rendición de Cuentas; |
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II. |
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Lograr la participación de la sociedad en las
funciones de fiscalización, para generar una autentica
transparencia en la gestión sindical; |
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III. |
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Fomentar una cultura de Transparencia y
Rendición de Cuentas sustentada en valores y principios
éticos que se reflejen en el quehacer cotidiano del SNTE y
de sus Dirigentes, en su respectivo ámbito de competencia; |
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IV. |
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Diseñar e implementar el Programa Seccional
por la Transparencia y Rendición de Cuentas Sindical; |
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V. |
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Formular el Programa Anual de Auditorias,
calendarizando las revisiones que se deban realizar al
Comité Ejecutivo Seccional, a los Comités Regionales,
Delegacionales y a las Representaciones de Centro de
Trabajo; |
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VI. |
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Establecer la obligatoriedad de rendir
cuentas, al requerir de los titulares del Comité Ejecutivo
Seccional, la declaración patrimonial de bienes, que deberá
presentarse dentro de un plazo de 30 días hábiles
posteriores a su elección y por segunda ocasión en los 30
días previos al término de su gestión; |
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VII. |
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Solicitar a los miembros del Comité Ejecutivo
Seccional, el Programa Anual de Actividades, con el fin de
supervisar su puntual cumplimiento; |
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VIII. |
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Promover el fomento de los valores: la
integridad, honestidad y responsabilidad de los dirigentes
sindicales, mediante la adopción de los postulados
contenidos en el Código de Ética del SNTE; |
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IX. |
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Vigilar el uso adecuado de los bienes muebles e inmuebles del Patrimonio Sindical; |
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X. |
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Promover la rendición de cuentas y la
transparencia en la gestión y el comportamiento de los
dirigentes sindicales; |
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XI. |
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Aplicar los mecanismos de información y
rendición de cuentas para enterar a la ciudadanía de estos
procesos, en el ámbito de su competencia; |
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XII. |
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Mantener vinculación permanente con el Comité
Nacional de Fiscalización, Transparencia y Rendición de
Cuentas; |
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XIII. |
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Solicitar la información necesaria a las
instancias seccionales, para llevar a cabo el seguimiento y
evaluación de la gestión sindical, del cumplimiento de los
Programas Anuales de Actividades y del correcto ejercicio
del presupuesto sindical; |
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XIV. |
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Promover la aplicación de las sanciones
correctivas de los dirigentes ante los órganos superiores de
gobierno competentes; |
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XV. |
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Publicar en los órganos informativos
oficiales de la Sección, un informe trimestral del status
del Sindicato en cuanto a gestión, programas y finanzas; |
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XVI. |
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Recibir y tramitar las inconformidades que
surjan en los servicios y promoción de prestaciones, en el
ámbito de su competencia; |
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XVII. |
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Solicitar al Comité Ejecutivo Nacional del
Sindicato, a través del Comité Nacional de Fiscalización,
Transparencia y Rendición de Cuentas, la retención o
disminución de ministraciones presupuestales a las Regiones,
Delegaciones y Representaciones de Centro de Trabajo, cuando
compruebe los supuestos a que hacen referencia la fracción
XXVI del Artículo 79 asimismo, vigilar que se cumpla la
sanción que corresponda; y |
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XVIII. |
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Informar
de su gestión al Comité Nacional de Fiscalización,
Transparencia y Rendición de Cuentas y al Congreso
Seccional, y en su caso responder por irregularidades o
incumplimiento de sus obligaciones, independientemente de la
responsabilidad legal que pudiera serle atribuida. |